Como era de esperar, después de acusar, sin fundamento, de mentirosos a quienes denunciaron la irregular situación de incompatibilidad mantenida por la acumulación de cargos de dicho señor., éste ha eludido responder, incapaz de probar sus afirmaciones o, mejor aún, pedir disculpas por los diversos errores cometidos en su pretensión de defenderse atacando.
Sin embargo, como hemos sido informados por uno de nuestros corresponsales, la polvareda que sólo su incumplimiento estatutario e incontinencia verbal impensada y desmedida han provocado, le ha obligado a pedir este mismo fin de semana una reunión "explicativa" con el nuevo presidente de la Asociación Amigos de Revilla de Pomar al que ha colocado en la incómoda situación de aceptar que se mantenga la irregularidad, pretendiendo convertirle en cómplice, a su vez incumplidor de los Estatutos de la Asociación, u obligándole a aplicar con rigor su propia responsabilidad para exigirle la preceptiva dimisión de la Junta Directiva a la que incomprensiblemente este señor se aferra. A falta de otros beneficios, debe ser por la famosa "erótica del poder", aunque sea tan insignificante como el que se debate.
Según se nos ha informado, en la citada reunión el Sr. Villameriel no ha tenido mejor idea que buscar su justificación personal argumentando "que fue designado por la propia Asociación para ocupar el cargo de Concejal" en el Ayuntamiento de Pomar de Valdivia, buscando amparo en la frase final del artículo de los Estatutos que establece su incompatibilidad.
Pues bien, somos varios los vecinos que sabemos con absoluta certeza que esa pretendida designación no se produjo jamás en los términos en que ahora se plantea, sino que las circunstancias fueron otras muy diferentes. Pero eso, sería otra historia que no hace al caso. Por otra parte, aunque pudiera considerarse conveniente que un vecino del pueblo lo represente en el gobierno municipal, eso no implica en absoluto que deba ser un miembro de la Junta Directiva de la Asociación, ni que se anule la lógica incompatibilidad que mantiene y aumenta su vigor.
Lo que sí es evidente es que, aún aceptando que hubiese sido así, como según se nos ha informado que ha argumentado nuestro protagonista, fue un grave error sin sentido que debe ser rectificado de inmediato, como refuerzo de la credibilidad del marco de una nueva etapa regida por el ánimo de la renovación y la recuperación del espíritu inicial de la Asociación. Porque también se establece en los Estatutos (Artículo 29º) que las Vocalías se configurarán como áreas de trabajo... Y nos preguntamos ¿de qué área de trabajo se ocupa el señor Villameriel?
Porque el más elemental sentido común pone de manifiesto que nadie puede servir a los intereses de dos puestos que pueden (y deberían) estar amigable pero firmemente confrontados en las negociaciones y, en su caso, exigencias que la Asociación debe (debería) presentar a los poderes municipales, sin duda no siempre debidamente preocupados por los intereses de Revilla de Pomar (a pesar de la presencia del Concejal del pueblo), como claramente contempla el ARTÍCULO 6º, cuando expresamente afirma que la Asociación [...] realizará reclamaciones ante cualquier organismo público o privado [...].
En consecuencia, confiamos en que la nueva presidencia demostrará mejor y más firme criterio que el lamentable espectáculo ofrecido por quien se aferra a posiciones indefendibles, o se convoque una Asamblea General con asistencia al menos de 2/3 de los socios para proponer la modificación de los Estatutos.
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